NORMA ISO 22000 (Parte 3 y última)
"El Conocimiento dará no sólo libertad de pensamiento,
sino que aumentará el valor agregado del Individuo" (Voltaire)
Gestión
de los recursos
La organización debe proporcionar los recursos
adecuados para establecer, implementar, mantener y actualizar el sistema de
gestión de la inocuidad de los alimentos. El equipo de la inocuidad de los
alimentos y demás personal que realice actividades que afecten a la inocuidad
de los alimentos debe ser competente y debe tener la educación, formación, habilidades
y experiencia apropiadas. Cuando se requiere la asistencia de expertos externos
para el desarrollo, implementación, operación o evaluación del sistema de
gestión de la inocuidad de los alimentos, deben estar disponibles los registros
de los acuerdos o contratos definiendo la responsabilidad y autoridad de dichos
expertos. La organización debe:
a) identificar la competencia necesaria para el
personal cuyas actividades afectan a la inocuidad de los alimentos,
b) proporcionar formación o tomar otras acciones para
asegurarse de que el personal tiene la competencia necesaria,
c) asegurarse de que el personal responsable de
realizar el seguimiento, las correcciones y las acciones correctivas del
sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos está formado,
d) evaluar la implementación y la eficacia de los
puntos a), b) y c),
e) asegurarse de que el personal es consciente de la
pertinencia e importancia de sus actividades individuales para contribuir a la
inocuidad de los alimentos,
f) asegurarse de que el requisito de una comunicación
eficaz sea entendido por todo el personal cuyas actividades afectan a la
inocuidad de los alimentos, y
g) mantener los registros apropiados sobre la
formación y las acciones descritas en los puntos b) y c).
La organización debe proporcionar los recursos para
establecer y mantener la infraestructura necesaria para implementar los requisitos
de esta Norma Internacional y debe proporcionar los recursos para establecer,
gestionar y mantener el ambiente de trabajo necesario para implementar los
requisitos de esta Norma Internacional.
Planificación
y realización de productos inocuos
La organización debe planificar y desarrollar los
procesos necesarios para la realización de productos inocuos. La organización
debe implementar, operar y asegurar la eficacia de las actividades planificadas
y de cualquier cambio en las mismas. Esto incluye los PPR así como también los
PPR operativos y/o el plan HACCP. La organización debe establecer, implementar
y mantener uno o más PPR para ayudar a controlar:
a) la probabilidad de introducir peligros para la
inocuidad de los alimentos en el producto a través del ambiente de trabajo,
b) la contaminación biológica, química y física del
producto o los productos, incluyendo la contaminación cruzada entre productos,
y
c) los niveles de peligro relacionado con la inocuidad
de los alimentos en el producto y en el ambiente en donde se elabora.
A su vez, los PPR deben:
a) ser apropiados a las necesidades de la organización
en relación a la inocuidad de los alimentos,
b) ser apropiados al tamaño y al tipo de operación, y
a la naturaleza de los productos que se elaboran y/o manipulan,
c) implementarse a través del sistema de producción en
su totalidad, tanto como programas de aplicación en general o como programas
aplicables a un producto o línea de producción en particular, y
d) ser aprobados por el equipo de la inocuidad de los
alimentos.
La organización debe identificar los requisitos
legales y reglamentarios relacionados con lo dicho anteriormente. Cuando se
seleccionan y/o establecen los PPR, la organización debe considerar y utilizar
la información apropiada (por ejemplo los requisitos legales y reglamentarios,
los requisitos del cliente, las directrices reconocidas, los principios y los códigos
de práctica de la Comisión del Codex Alimentarius, las normas nacionales,
internacionales o del sector). La organización debe considerar lo siguiente al
establecer estos programas:
a) la construcción y la distribución de los edificios
y las instalaciones relacionadas;
b) la distribución de los locales, incluyendo el
espacio de trabajo y las instalaciones para los empleados;
c) los suministros de aire, agua, energía y otros
servicios;
d) los servicios de apoyo, incluyendo la eliminación
de los desechos y de las aguas residuales;
e) la idoneidad de los equipos y su accesibilidad para
la limpieza, el mantenimiento y el mantenimiento preventivo;
f) la gestión de los materiales comprados (por ejemplo
las materias primas, los ingredientes, los productos químicos y el embalaje),
los suministros (por ejemplo agua, aire, vapor y hielo), la disposición (de
basura y aguas residuales) y la manipulación de los productos (por ejemplo el
almacenamiento y el transporte);
g) las medidas para prevenir la contaminación cruzada;
h) la limpieza y desinfección;
i) el control de plagas;
j) la higiene del personal;
k) otros aspectos según sea apropiado.
La verificación de los PPR debe planificarse y los PPR
deben ser modificados según sea necesario. Se deben mantener los registros de
las verificaciones y las modificaciones. Los documentos deberían especificar de
qué manera se gestionan las actividades incluidas en los PPR. Toda información
pertinente necesaria para llevar a cabo el análisis de peligros debe ser
recopilada, mantenida, actualizada y documentada. Se deben mantener los
registros. Se debe designar un equipo de la inocuidad de los alimentos. El
equipo de la inocuidad de los alimentos debe tener una combinación de
conocimientos de varias disciplinas y experiencia en el desarrollo y la
implementación del sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos. Esto incluye,
entre otros, los productos de la organización, los procesos, los equipos y los
peligros relacionados con la inocuidad de los alimentos dentro del ámbito del
sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos.
Se deben mantener
registros que demuestren que el equipo de la inocuidad de los alimentos tiene
los conocimientos y la experiencia requeridos. Todas las materias primas, los ingredientes y los materiales
en contacto con el producto deben ser descritos en documentos con el detalle
que sea necesario para llevar a cabo el análisis de peligros, incluyendo lo siguiente
según sea apropiado:
a) las características biológicas, químicas y físicas;
b) la composición de los ingredientes formulados,
incluyendo los aditivos y coadyuvantes del proceso;
c) el origen;
d) el método de producción;
e) los métodos de embalaje y distribución;
f) las condiciones de almacenamiento y la caducidad;
g) la preparación y/o el tratamiento previo a su uso o
procesamiento;
h) los criterios de aceptación relacionados con la
inocuidad de los alimentos o las especificaciones de los materiales comprados y
de los ingredientes apropiados para sus usos previstos.
La organización debe identificar los requisitos
legales y reglamentarios de inocuidad de los alimentos relacionados con lo
anterior. Las descripciones deben mantenerse actualizadas. Las características
de los productos finales deben describirse en documentos hasta el grado que sea
necesario para llevar a cabo el análisis de peligros, incluyendo información
sobre los siguientes aspectos, según sea apropiado:
a) el nombre del producto o identificación similar;
b) la composición;
c) las características biológicas, químicas y físicas
pertinentes para la inocuidad de los alimentos;
d) la vida útil prevista y las condiciones de
almacenamiento;
e) el embalaje;
f) el etiquetado en relación con la inocuidad de los
alimentos y/o instrucciones para su manipulación, preparación y uso;
g) los métodos de distribución.
La organización debe identificar los requisitos
legales y reglamentarios de inocuidad de los alimentos relacionados con lo
anterior. El uso previsto, la manipulación razonablemente esperada del producto
final, y cualquier manipulación inapropiada no intencionada, pero
razonablemente esperada, del producto final deben ser considerados y descritos
en documentos en la medida que sea necesaria para llevar a cabo el análisis de
peligros. Para cada producto se deben identificar los grupos de usuarios y,
cuando sea apropiado, los grupos de consumidores, y también se deben considerar
aquellos grupos de consumidores conocidos por ser especialmente vulnerables a
peligros específicos relacionados con la inocuidad de los alimentos. Se deben
preparar los diagramas de flujo para los productos o las categorías de proceso
abarcados por el sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos. Los
diagramas de flujo deben proporcionar la base para evaluar la posible
presencia, incremento o introducción de peligros relacionados con la inocuidad
de los alimentos.
Los diagramas de flujo deben ser claros, precisos y
suficientemente detallados. Los diagramas de flujo deben incluir, según sea
apropiado, lo siguiente:
a) la secuencia e interacción de todas las etapas de
la operación;
b) los procesos contratados externamente y el trabajo
subcontratado;
c) dónde se incorporan al flujo las materias primas,
los ingredientes y los productos intermedios;
d) dónde se reprocesa y se hace el reciclado;
e) dónde salen o se eliminan los productos finales,
los productos intermedios, los subproductos y los desechos.
El equipo de la inocuidad de los alimentos debe
verificar la precisión de los diagramas de flujo a través de una comprobación
in situ. Los diagramas de flujo verificados se deben mantener como registros. Las
medidas de control existentes, los parámetros del proceso y/o la rigurosidad
con que se aplican, o los procedimientos que puedan influir en la inocuidad de
los alimentos deben ser descritos en la medida que sea necesaria para llevar a
cabo el análisis de peligros. También se deben describir los requisitos
externos (por ejemplo de las autoridades reglamentarias o de los clientes) que
pueden afectar a la elección y la rigurosidad de las medidas de control. El
equipo de la inocuidad de los alimentos debe llevar a cabo un análisis de
peligros para determinar cuáles son los peligros que necesitan ser controlados,
el nivel de control requerido para asegurar la inocuidad de los alimentos y qué
combinación de medidas de control se requiere.
Todos los peligros relacionados
con la inocuidad de los alimentos razonablemente previsibles en relación con el
tipo de producto, el tipo de proceso y las instalaciones de elaboración
utilizadas deben ser identificados y registrados. La identificación debe
realizarse en base a:
a) la información preliminar y los datos recopilados,
b) la experiencia,
c) la información externa que incluya, en la medida de
lo posible, los datos epidemiológicos y otros antecedentes históricos, y
d) la información de la cadena alimentaria sobre los
peligros relacionados con la inocuidad de los alimentos que puede ser
importante para la inocuidad de los productos finales, los productos
intermedios y los alimentos para consumo.
Debe indicarse la etapa o las etapas
(desde las materias primas, procesamiento y distribución) en las cuales se puede
introducir cada peligro relacionado con la inocuidad de los alimentos. Cuando
se identifican los peligros se deben considerar:
a) las etapas precedentes y siguientes a la operación
especificada,
b) los equipos del proceso, servicios asociados y el
entorno, y
c) los eslabones precedentes y siguientes en la cadena
alimentaria.
Para cada peligro relacionado con la inocuidad de los
alimentos identificado, se debe determinar, cuando sea posible, el nivel
aceptable del peligro para la inocuidad de los alimentos en el producto final.
El nivel determinado debe tener en cuenta los requisitos legales y
reglamentarios establecidos, los requisitos del cliente en materia de inocuidad
de los alimentos, el uso previsto por el cliente y otros datos pertinentes. Se
debe registrar la justificación y el resultado de la determinación. Para cada
peligro relacionado con la inocuidad de los alimentos identificado se debe
llevar a cabo una evaluación de los peligros, para determinar si su eliminación
o reducción a niveles aceptables es esencial para la producción de un alimento
inocuo, si es necesario su control para permitir que se cumplan los niveles aceptables
definidos. Cada peligro relacionado con la inocuidad de los alimentos debe
evaluarse de acuerdo con la posible severidad de los efectos adversos para la
salud y la probabilidad de su ocurrencia. Se debe describir la metodología
utilizada, y se deben registrar los resultados de la evaluación de los peligros
relacionados con la inocuidad de los alimentos.
Con base en la evaluación de peligros, se debe
seleccionar una apropiada combinación de medidas de control, que sea capaz de
prevenir, eliminar o reducir estos peligros relacionados con la inocuidad de los
alimentos a los niveles aceptables definidos. En esta selección, cada una de
las medidas de control debe revisarse con respecto a su eficacia frente a los
peligros relacionados con la inocuidad de los alimentos identificados. Las
medidas de control seleccionadas deben clasificarse según necesiten ser
gestionadas a través de PPR operativo o mediante el plan HACCP. La selección y
clasificación debe llevarse a cabo utilizando un enfoque lógico que incluya la
evaluación con respecto a lo siguiente:
a) su efecto sobre los peligros relacionados con la
inocuidad de los alimentos identificados según el rigor aplicado;
b) su viabilidad para el seguimiento (por ejemplo, la
capacidad para realizar su seguimiento en el momento oportuno para permitir
correcciones inmediatamente);
c) su lugar dentro del sistema con respecto a otras
medidas de control;
d) la probabilidad de que falle el funcionamiento de
una medida de control o la variabilidad significativa del procesamiento;
e) la gravedad de la/s consecuencia/s en el caso de
que falle su funcionamiento;
f) si la medida de control se establece y aplica
específicamente para eliminar o reducir significativamente el nivel de
peligros;
g) los efectos sinérgicos (es decir, la interacción
que ocurre entre dos o más medidas da como resultado un efecto combinado que es
mayor que la suma de sus efectos individuales).
Las medidas de control clasificadas como
pertenecientes al plan HACCP deben implementarse según está reglamentadas.
Otras medidas de control deben implementarse como PPR operativos. La
metodología y los parámetros utilizados para esta clasificación debe
describirse en documentos y se deben registrar los resultados de la evaluación.
Los PPR operativos deben documentarse y deben incluir la siguiente información
para cada programa:
a) peligro(s) de inocuidad de los alimentos a
controlar mediante el programa;
b) medida(s) de control;
c) procedimientos de seguimiento que demuestren que
los PPR operativos están implementados;
d) correcciones y acciones correctivas a tomar si el
seguimiento muestra que los PPR operativos no están bajo control;
e) responsabilidades y autoridades;
f) registro(s) del seguimiento.
Para establecer un plan HACCP, primero debe estar documentado y debe
incluir la siguiente información para cada punto crítico de control (PCC):
a) peligro(s) relacionado(s) con la inocuidad de los
alimentos a controlar en los PCC;
b) medida(s) de control;
c) límite(s) crítico(s);
d) procedimiento(s) de seguimiento;
e) correcciones y acción(es) correctiva(s) a tomar si
se superan los límites críticos;
f) responsabilidades y autoridades;
g) registro(s) del seguimiento.
Para cada peligro que tiene que ser controlado
mediante el plan HACCP, se deben identificar los PCC para las medidas de
control identificadas. Deben determinarse los límites críticos para el
seguimiento establecido para cada PCC. Deben establecerse los límites críticos
para asegurarse de que en el producto final no se supera el nivel aceptable de
los peligros relacionados con la inocuidad de los alimentos identificados. Los
límites críticos deben ser medibles. Deben documentarse los motivos para la
elección de los límites críticos. Los límites críticos basados en datos
subjetivos (tales como la inspección visual del producto, procesos, manipulación,
etc.) deben apoyarse mediante instrucciones o especificaciones y/o educación y
formación. Un sistema de seguimiento debe establecerse para cada PCC, para
demostrar que el PCC está bajo control. El sistema debe incluir todas las
mediciones u observaciones programadas relativas al límite o los límites
críticos. El sistema de seguimiento debe constar de los procedimientos,
instrucciones y registros pertinentes que incluyan lo siguiente:
a) mediciones u observaciones que proporcionan
resultados dentro de un plazo adecuado;
b) equipos de seguimiento utilizados;
c) métodos de calibración aplicables;
d) frecuencia del seguimiento;
e) responsabilidad y autoridad relativa al seguimiento
y evaluación de los resultados del seguimiento;
f) los requisitos y métodos en materia de registro.
Los métodos y la frecuencia del seguimiento deben
permitir determinar cuándo se han superado los límites críticos, a tiempo para
que el producto sea aislado antes de que se utilice o consuma. Las correcciones
planificadas y las acciones correctivas a tomar cuando se superan los límites
críticos se deben especificar en el plan HACCP. Las acciones deben asegurar que
se identifica la causa de la no conformidad, que el parámetro o los parámetros
controlados en el PCC se ponen de nuevo bajo control y que se previene que
vuelva a ocurrir. Deben establecerse y mantenerse procedimientos documentados
para la correcta manipulación de los productos potencialmente no inocuos para
asegurarse de que estos no sean liberados hasta que hayan sido evaluados.
Después
de haber establecido los PPR operativos y/o el plan HACCP, la organización debe
actualizar, si es necesario, la siguiente información:
a) características del producto;
b) uso previsto;
c) diagramas de flujo;
d) etapas del proceso;
e) medidas de control.
Si es necesario, el plan HACCP y los procedimientos e
instrucciones que especifican los PPR deben modificarse. La planificación de la
verificación debe definir el propósito, método, frecuencia y responsabilidades
para las actividades de verificación. Las actividades de verificación deben
confirmar que:
a) los PPR se han implementado,
b) se actualiza continuamente la información de entrada
al análisis de peligros,
c) los PPR operativos (véase 7.5) y los elementos
dentro del plan HACCP están implementados y son eficaces,
d) los niveles de peligro están dentro de los niveles
aceptables identificados, y
e) los otros procedimientos requeridos por la
organización están implementados y son eficaces.
El resultado de esta planificación debe estar en un
formato adecuado para los métodos de operación de la organización. Los
resultados de la verificación deben registrarse y deben comunicarse al equipo
de la inocuidad de los alimentos. Deben proporcionarse los resultados de la
verificación para permitir el análisis de los resultados de las actividades de
verificación. Si el sistema de verificación está basado en el ensayo de
muestras del producto final, y cuando tales muestras de ensayo presentan no
conformidad con el nivel aceptable de peligros para la inocuidad de los
alimentos, los lotes de productos afectados deben manipularse como
potencialmente no inocuos de acuerdo con el apartado. La organización debe
establecer y aplicar un sistema de trazabilidad que permita la identificación
de los lotes de productos y su relación con los lotes de materias primas,
registros de procesamiento y entrega. El sistema de trazabilidad debe permitir
identificar el material que llega de los proveedores inmediatos y la ruta inicial
de distribución del producto final.
Se deben mantener registros de trazabilidad
durante un período definido para la evaluación del sistema, para permitir la
manipulación de los productos potencialmente no inocuos y en el caso de
retirada de productos. Los registros deben estar de acuerdo con los requisitos
legales y reglamentarios y los del cliente y pueden, por ejemplo, basarse en la
identificación del lote del producto final. La organización debe asegurarse de
que cuando se superan los límites críticos para los PCC), o hay una pérdida en
el control de los PPR operativos, los productos afectados se identifican y
controlan en lo que concierne a su uso y liberación. Debe establecerse y
mantenerse un procedimiento documentado que defina:
a) la identificación y la evaluación de los productos
finales afectados para determinar su apropiada manipulación, y
b) una revisión de las correcciones que se han llevado
a cabo.
Los productos fabricados bajo condiciones donde han
sido superados los límites críticos son productos potencialmente no inocuos y
deben ser manipulados de acuerdo con ello. Los productos fabricados bajo condiciones
donde no se han cumplido los PPR operativos se deben evaluar con respecto a la
causa o causas de la no conformidad y a las consecuencias derivadas en términos
de inocuidad de los alimentos y deben, cuando sea necesario, manipularse de
acuerdo a lo reglamentado. La evaluación debe registrarse. Todas las
correcciones deben ser aprobadas por las personas responsables, y deben
registrarse junto con la información sobre la naturaleza de la no conformidad,
sus causas y consecuencias, incluyendo la información necesaria para propósitos
de trazabilidad relacionados con los lotes no conformes. Los datos derivados
del seguimiento de los PPR operativos y los PCC deben evaluarse por personas
designadas con los conocimientos suficientes y la autoridad para iniciar
acciones correctivas. Las acciones correctivas deben iniciarse cuando se
superan los límites críticos o cuando hay una pérdida de conformidad con los PPR operativos.
La organización debe establecer y mantener
procedimientos documentados que especifiquen las acciones apropiadas para identificar y eliminar la causa de las
no conformidades detectadas, para prevenir que vuelvan a ocurrir, y para tener nuevamente bajo control al
proceso o al sistema después de encontrar la no conformidad. Estas acciones incluyen:
a) revisar las no conformidades (incluyendo las quejas
de los clientes),
b) revisar las tendencias en los resultados del
seguimiento que pueden indicar una evolución hacia la pérdida de
control,
c) determinar las causas de las no conformidades,
d) evaluar la necesidad de adoptar acciones para
asegurarse de que la no conformidad no vuelve a ocurrir,
e) determinar e implementar las acciones necesarias,
f) registrar los resultados de las acciones
correctivas tomadas, y
g) revisar las acciones correctivas tomadas para
asegurarse de que son eficaces. Las acciones correctivas deben registrarse.
La organización debe manipular los productos no
conformes tomando acciones para prevenir el ingreso del producto no conforme en
la cadena alimentaria, a menos que sea posible asegurarse de que:
a) los peligros relacionados con la inocuidad de los
alimentos en cuestión han sido reducidos a los niveles aceptables definidos,
b) los peligros relacionados con la inocuidad de los
alimentos en cuestión serán reducidos a los niveles aceptables identificados
antes de su ingreso en la cadena alimentaria, o
c) a pesar de la no conformidad, el producto todavía
cumple los niveles aceptables definidos en lo concerniente a los peligros
relacionados con la inocuidad de los alimentos.
Todos los lotes de productos que puedan haber sido
afectados por una situación no conforme deben mantenerse bajo control de la
organización hasta que hayan sido evaluados. Si a los productos que ya no están
bajo el control de la organización se les determina subsecuentemente como no inocuos,
la organización debe notificarlo a las partes interesadas pertinentes e iniciar
una retirada de producto. El término “retirada del producto” incluye la recuperación
del producto del mercado. Deben documentarse los controles y las respuestas
derivadas, así como la autorización para tratar los productos potencialmente no
inocuos. Cada lote de productos afectados por la no conformidad sólo debe ser
liberado como inocuo cuando aplique cualquiera de las condiciones siguientes:
a) otra evidencia aparte del sistema de seguimiento
demuestra que las medidas de control han sido eficaces;
b) la evidencia muestra que el efecto combinado de las
medidas de control para ese producto en particular cumple con el desempeño
previsto (es decir, niveles aceptables identificados);
c) los resultados del muestreo, análisis y/o de otras
actividades de verificación demuestran que el lote de productos afectado cumple
con los niveles aceptables identificados para los peligros relacionados con la inocuidad
de los alimentos en cuestión.
Después de la evaluación, si el lote de producto no es
aceptable para su liberación, debe someterse a una de las actividades
siguientes:
a) reproceso o posterior proceso dentro o fuera de la
organización para asegurarse de que el peligro relacionado con la inocuidad de
los alimentos se elimina o reduce a niveles aceptables;
b) destrucción y/o disposición como desecho.
Para permitir y facilitar que se retiren de manera
completa y a tiempo los lotes de productos finales que han sido identificados
como no inocuos:
a) la alta dirección debe designar al personal que
tenga la autoridad para iniciar una retirada del producto y el personal
responsable de llevarla a cabo, y
b) la organización debe establecer y mantener un
procedimiento documentado para:
1) notificar a las partes interesadas pertinentes (por
ejemplo autoridades legales y reglamentarias, clientes y/o consumidores),
2) la manipulación de productos retirados, así como
los lotes de productos afectados aún en stock,
y
3) la secuencia de acciones a tomar.
Los productos retirados deben salvaguardarse o
mantenerse bajo supervisión hasta que se hayan destruido, se utilicen para
otros propósitos que no sean los pretendidos originalmente, se determine que
son inocuos para el mismo (u otro) uso previsto, o sean reprocesados de tal
manera que se asegure que se vuelven inocuos. La causa, alcance y resultado de
una retirada de productos se debe registrar e informar a la alta dirección,
como información de entrada para la revisión por la dirección. La organización
debe verificar y registrar la eficacia del programa de retirada de productos a
través del uso de técnicas apropiadas (por ejemplo simulación o práctica de
retirada de productos).
Validación,
verificación y mejora del sistema de gestión de la inocuidad de los
alimentos
El equipo de la inocuidad de los alimentos debe
planificar e implementar los procesos necesarios para validar las medidas de
control y/o las combinaciones de medidas de control, y para verificar y mejorar
el sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos. Con anterioridad a la
implementación de las medidas de control a ser incluidas en los PPR operativos
y el plan HACCP y después de cualquier cambio en ellos, la organización debe
validar que:
a) las medidas de control seleccionadas son capaces de
alcanzar el control pretendido de los peligros relacionados con la inocuidad de
los alimentos para las que han sido designadas, y
b) las medidas de control son eficaces y permiten,
cuando se combinan, asegurar el control de los peligros relacionados con la
inocuidad de los alimentos identificados para obtener productos terminados que
cumplan los niveles de aceptación definidos.
Si el resultado de la validación muestra que uno o
ambos de los elementos anteriores no puede ser confirmado, la medida de control
y/o sus combinaciones deben ser modificadas y evaluadas de nuevo. Las
modificaciones pueden incluir cambios en las medidas de control (es decir en
los parámetros de proceso, rigurosidad y/o su combinación) y/o uno o varios
cambios en las materias primas, tecnologías de fabricación, características del
producto terminado, métodos de distribución y/o uso previsto del producto
terminado. La organización debe proporcionar evidencia de que los métodos y los
equipos de seguimiento y medición especificados son adecuados para asegurar el
desempeño de los procedimientos de seguimiento y medición.
Cuando sea necesario
asegurar resultados válidos, los equipos y los métodos de medición utilizados
deben:
a) calibrarse o verificarse a intervalos
especificados, o antes de su utilización, comparados con patrones de medición
trazables a patrones de medición nacionales o internacionales; cuando no
existan tales patrones, debe registrarse la base utilizada para la calibración
o la verificación,
b) ajustarse o reajustarse según sea necesario,
c) identificarse para poder determinar el estado de
calibración,
d) protegerse contra ajustes que pudieran invalidar el
resultado de la medición, y
e) protegerse contra los daños y el deterioro.
Se deben mantener registros de los resultados de la
calibración y la verificación. Además, la organización debe evaluar la validez
de los resultados de las mediciones anteriores cuando se detecte que los
equipos o el proceso no están conformes con los requisitos. Si los equipos de
medición no son conformes, la organización debe tomar las acciones apropiadas
para los equipos y el producto afectado. Deben mantenerse registros de tales
evaluaciones y acciones resultantes. Debe confirmarse la capacidad de los
programas informáticos para el uso especificado cuando se utilicen en el seguimiento
y medición de los requisitos especificados. Esto debe llevarse a cabo antes de
iniciar su utilización y confirmarse de nuevo cuando sea necesario.
La
organización debe llevar a cabo a intervalos planificados auditorías internas
para determinar si el sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos:
a) es conforme con las disposiciones planificadas, con
los requisitos del sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos
establecidos por la organización, y con los requisitos de esta Norma
Internacional, y
b) se implementa y actualiza eficazmente.
Se debe planificar un programa de auditorías
considerando la importancia de los procesos y las áreas a auditar, además de
cualquier acción de actualización resultado de auditorías previas. Se deben definir
los criterios de auditoría, el alcance, la frecuencia y la metodología. La
selección de los auditores y la realización de las auditorías deben asegurar la
objetividad e imparcialidad del proceso de auditoría. Los auditores no deben
auditar su propio trabajo. Deben definirse, en un procedimiento documentado,
las responsabilidades y requisitos para la planificación y la realización de
auditorías, para informar de los resultados y para mantener los registros. La
dirección responsable del área que esté siendo auditada debe asegurarse de que
se toman acciones sin demora injustificada para eliminar las no conformidades
detectadas y sus causas. Las actividades de seguimiento deben incluir la
verificación de las acciones tomadas y el informe de los resultados de la
verificación.
El equipo de la inocuidad de los alimentos debe evaluar
sistemáticamente los resultados individuales de la verificación planificada. Si
la verificación no demuestra conformidad con lo planificado, la organización
debe tomar acciones para alcanzar la conformidad requerida. Tales acciones
deben incluir, entre otros, la revisión de:
a) los procedimientos existentes y los canales de
comunicación,
b) las conclusiones del análisis de peligros, los PPR
operativos establecidos y el plan HACCP,
c) los PPR, y
d) la eficacia de la gestión de los recursos humanos y
de las actividades de formación.
El equipo de la inocuidad de los alimentos debe
analizar los resultados de las actividades de verificación, incluyendo los
resultados de las auditorías internas y de las auditorías externas. El análisis
debe llevarse a cabo para:
a) confirmar que el desempeño global del sistema
cumple con lo planificado y los requisitos del sistema de gestión de la
inocuidad de los alimentos establecidos por la organización,
b) identificar la necesidad de actualización o mejora
del sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos,
c) identificar tendencias que indiquen una mayor
incidencia de productos potencialmente no inocuos,
d) establecer información concerniente al nivel e
importancia de las áreas a ser auditadas para planificar el programa de
auditoría interna, y
e) proporcionar evidencia de la eficacia de las
correcciones y las acciones correctivas tomadas.
Los resultados de los análisis y de las actividades
resultantes se deben registrar e informar, de manera apropiada, a la alta
dirección como información de entrada para la revisión por la dirección. Esto
también debe utilizarse como elemento de entrada para actualizar el sistema de
gestión de la inocuidad de los alimentos. La alta dirección debe asegurarse de
que la organización mejora continuamente la eficacia del sistema de gestión de
la inocuidad de los alimentos mediante el uso de la comunicación, la revisión
por la dirección, la auditoría interna, la evaluación de los resultados
individuales de la verificación, el análisis de los resultados de las
actividades de verificación, la validación de las combinaciones de las medidas
de control, las acciones correctivas y la actualización del sistema de gestión
de la inocuidad de los alimentos.
La Norma ISO 9001 trata la mejora continua de
la eficacia de los sistemas de gestión de calidad. La Norma ISO 9004 proporciona
orientación sobre la mejora continua de la eficacia y eficiencia de los
sistemas de gestión de calidad más allá de lo establecido en la Norma ISO 9001.
La alta dirección debe asegurarse de que el sistema de gestión de la inocuidad
de los alimentos se actualiza continuamente. Para lograr esto, el equipo de la
inocuidad de los alimentos debe evaluar a intervalos planificados el sistema de
gestión de la inocuidad de los alimentos. El equipo debe entonces considerar si
es necesario revisar el análisis de peligros, los PPR operativos establecidos y
el plan HACCP. Las actividades de evaluación y actualización se deben basar en:
a) los elementos de entrada de la comunicación, tanto
externa como interna, según lo establecido;
b) los elementos de entrada de cualquier otra
información relativa a la idoneidad, adecuación y eficacia del sistema de gestión
de la inocuidad de los alimentos,
c) las conclusiones de los análisis de los resultados
de las actividades de verificación, y
d) los resultados de la revisión por la dirección.
Las actividades de actualización del sistema se deben
registrar e informar, de manera apropiada, como información de entrada para la
revisión por la dirección.
"SOMOS LO QUE HACEMOS REPETIDAMENTE. EXCELENCIA, POR LO TANTO, NO ES UN ACTO SINO UN HABITO"
ARISTOTELES
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